El pasado domingo, 29 de octubre de 2023, se generó controversia en las redes sociales y en páginas web debido a un incidente en el que una ciudadana fue supuestamente impedida de votar por parte de la Policía Nacional en Soacha. Sin embargo, tras una investigación, se determinó que la Policía Nacional garantizó el derecho al voto de la ciudadana en cuestión.
Según información oficial, a la ciudadana se le solicitó retirar una gorra de color fucsia que portaba, ya que infringía el artículo 10 de la Ley 163 de 1994, que prohíbe toda clase de propaganda política y electoral el día de las elecciones. Esto incluye el uso de prendas de vestir alusivas a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inciten a votar por un candidato en específico. Además, la Ley 130 de 1994 también prohíbe la propaganda política y electoral el día de las elecciones.
Ante la negativa de la ciudadana a cumplir con la solicitud y el presunto irrespeto a los uniformados que estaban en servicio en el Puesto de Votación del Liceo Mayor de Soacha, ubicado en la Comuna 5, se impuso una multa general tipo 3 por irrespetar a las autoridades de policía, conforme a la Ley 1801 de 2016, artículo 35 número 1.
Es importante destacar que las autoridades tienen la autorización para decomisar cualquier tipo de propaganda electoral distribuida o portada por cualquier medio. Sin embargo, se permite que el elector porte consigo la ayuda que lo identifica con su candidato, siempre y cuando no sea visible para los demás.
Esta situación ha desatado debate y reacciones encontradas en el público, ya que algunos consideran que se trató de una medida excesiva por parte de las autoridades, mientras que otros apoyan la aplicación de la ley. Esta situación resalta la importancia de respetar las normativas electorales para garantizar el adecuado desarrollo de los procesos democráticos.